
Milei promulgó la Reforma Laboral: los pilares que cambian las reglas del trabajo en Argentina
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Tras una intensa batalla legislativa que marcó el inicio del año político, el presidente Javier Milei promulgó este viernes la Ley de Modernización Laboral. La normativa, publicada en el Boletín Oficial, representa uno de los giros más drásticos en la regulación del empleo privado de las últimas décadas, buscando —según el discurso oficial— "desburocratizar" y "actualizar" los vínculos contractuales a las demandas del siglo XXI.
A continuación, los cuatro ejes fundamentales para entender el nuevo escenario laboral:
1. El nuevo esquema de despidos: llega el Fondo de Asistencia Laboral (FAL)
La reforma mantiene el cálculo base del artículo 245 (un mes de sueldo por año de servicio), pero introduce una alternativa que promete cambiar la dinámica financiera de las empresas.
Sustitución de indemnizaciones: Los convenios colectivos ahora pueden reemplazar el sistema tradicional por fondos de cese laboral.
Creación del FAL: Se establece el Fondo de Asistencia Laboral, financiado con aportes obligatorios de la masa salarial: 1% para grandes empresas y 2,5% para PyMEs. El objetivo es que las empresas cuenten con previsibilidad financiera ante eventuales desvinculaciones.
2. Flexibilidad en la jornada y vacaciones
El texto oficial introduce el concepto de "bancos de horas", un mecanismo que busca adaptar la carga de trabajo a la estacionalidad de la demanda.
Banco de Horas: Permite compensar horas extra con descansos en otros momentos del año, siempre bajo acuerdo formal y registro estricto.
Vacaciones fraccionadas: Se podrán dividir en períodos mínimos de siete días (previo acuerdo). El período legal de otorgamiento se mantiene entre el 1 de octubre y el 30 de abril, con un aviso previo de 30 días.
3. Límites a la actividad sindical y servicios esenciales
Uno de los puntos más polémicos de la ley es el recorte al poder de acción de los gremios durante los conflictos colectivos.
Huelgas condicionadas: La ley amplía la lista de "servicios esenciales", donde se deberá garantizar el 75% de la prestación habitual. Para actividades de "importancia trascendental", el mínimo será del 50%.
Bloqueos y asambleas: Los bloqueos o tomas de establecimientos ahora se consideran infracciones graves. Asimismo, las asambleas sindicales no podrán afectar el funcionamiento normal de la empresa y requerirán permiso del empleador para definir horario y duración.
Topes a los aportes: Se fijan límites máximos a las cuotas solidarias: 2% para sindicatos (sin contar afiliación) y 0,5% para cámaras empresariales.
4. El estatus de los repartidores y trabajadores de plataformas
La ley salda una discusión jurídica de años al definir explícitamente a los trabajadores de aplicaciones (delivery, transporte) como prestadores independientes.
Fin de la presunción de dependencia: Si existe facturación o pagos bancarios, se limita la posibilidad de reclamar una relación de dependencia tradicional.
Nuevas obligaciones para apps: Aunque son independientes, las plataformas deberán proveer obligatoriamente un seguro de accidentes personales, capacitación y canales digitales de reclamo. Se ratifica, además, la "libertad de conexión" y el derecho a rechazar pedidos sin penalización laboral.


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