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Dispusieron la prisión preventiva para un hombre por estupro y por tener aislada a menor de edad, coartando su libertad, todo mediante sometimiento y coacción psicológica

En audiencia imputativa, del día de la fecha, miércoles 26 de mayo de 2026, realizada en los Tribunales Provinciales de San Lorenzo, el Fiscal Dr. Javier Paz le atribuyó al identificado como E.A. de 33 años los delitos de estupro agravado en concurso ideal con privación ilegítima de la libertad agravada en calidad de autor y en grado consumado.
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El Juez de primera instancia Dr. Romanini tuvo por formalizada la audiencia, disponiendo la prisión preventiva efectiva por el plazo de 30 días. Una vez cumplido el plazo la Fiscalía podrá solicitar su prórroga.
La Fiscalía le atribuyó a E.A. haber mantenido aislada y coartada de su libertad de una victima de 16 años de edad, con la cual mantenía una relación desde aproximadamente el mes de abril de 2025, (cuando la víctima tenía 15 años), a la cual fue a buscar a la localidad de Reconquista, donde permaneció conviviendo con la misma durante aproximadamente tres o cuatro meses. Luego el imputado regresó con la víctima a la localidad de San Lorenzo conviviendo con la misma hasta el día 24 de agosto de 2026, en el interior del domicilio que ambos compartían, ubicado en Barrio Copello de la localidad de Capitán Bermúdez, todo ello en un claro contexto de violencia de género mediante sometimiento y coacción psicológica extrema.
A su vez, se le atribuye haber mantenido una relación con la víctima aprovechándose de su inmadurez sexual y de la evidente asimetría de edad y poder, producto de lo cuál tienen una hija en común.
Todo ello, tiene lugar luego de que la víctima iniciara una relación con E.A. y se mudara a la referida localidad, momento a partir del cual él mismo comenzó a aislarla progresivamente de su familia y entorno, controlando el uso de su celular, apropiándose del cobro de sus asignaciones y prohibiendo salir de la vivienda sola, llegando a dejarla encerrada bajo llave y con candado cada vez que usted se retiraba del domicilio, bajo amenazas e insultos degradantes si ella intentaba salir o asomarse a la vereda.
El presente hecho se atribuye en un claro contexto de violencia de género, en el que la violencia ejercida por E.A. hacia la víctima fue reiterada y sostenida en el tiempo, lo que da cuenta de una desigualdad de poder entre las partes que ha afectado la vida, integridad física y psicológica de la víctima, y encuadrando el accionar del imputado en el tipo de violencia psicológica bajo la modalidad de violencia doméstica.
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