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El juicio contra José F. por el homicidio con dolo eventual relacionado con un siniestro ocurrido el 9 de octubre de 2022 en Timbúes ha comenzado

El día 28 de marzo de 2025 en los Tribunales Provinciales de San Lorenzo comenzó el Juicio Oral de la Fiscalía Regional 2. El Tribunal a cargo del debate está integrado por el Juez de Primera Instancia Dr. Cattáneo.

29 de marzo de 2025Día 0Día 0
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El Fiscal Dr. Leandro Lucente de la sede Fiscal de San Lorenzo, Solicitó para José F. la pena de 9 años de prisión por el delito de Homicidio simple (dos hechos); y Lesiones leves dolosas (dos hechos), todos cometidos con dolo eventual, en concurso ideal y en carácter de autor.
La Fiscalía le atribuyó a Jose F. el hecho ocurrido el día 09/10/22 a las 06:55hs aproximadamente, en circunstancias en que se encontraba conduciendo su vehículo Ford Fiesta Max por Ruta Nacional 11 en zona urbana de Timbúes en sentido Norte a Sur, previo a llegar a la intersección con calle Lisandro de la Torre, haber invadido la mano contraria sin motivo alguno, cruzando la doble línea amarilla, continuando por dicho carril en sentido prohibido, conduciendo con un nivel de alcoholemia de 1.79grs por litro de sangre y a gran velocidad, aproximadamente a 117km/h, excediendo la máxima de 60 km permitida, hasta salir totalmente de la ruta, y sin siquiera accionar los frenos impactar contra la parada de colectivos que se encuentra en la intersección antes mencionada, sobre la ochava Sur-Este, en la cual se encontraban esperando el colectivo Estefania de los Ángeles Ruiz y Laureano Maximiliano Ruiz, a quienes les provocó su fallecimiento por traumatismo encéfalo craneano grave en contexto de politrauma producto del impacto, como así también lesionó a Alejandro R. provocando traumatismos en miembro superior derecho y miembro inferior derecho e izquierdo, con movilidad conservada; y a Denisse R. provocando traumatismo en miembro superior izquierdo con movilidad conservada; representándose dicho resultado como una posibilidad cierta, asumiendo el mismo sin desistir o renunciar a dicha acción inusitadamente peligrosa para la vida y la salud de las personas.
La teoría del caso de la Fiscalía sostiene que José F. actuó con dolo eventual en virtud de que el hecho ocurrió contra una garita de colectivos situada sobre principal arteria vial de Timbúes; donde es habitual que haya varias personas a la espera del transporte público, siendo que además de haber traspuesto la doble línea amarilla a una velocidad excesiva y prohibida, lo hacía con alto nivel de alcohol en sangre lo cual ya resultaba una práctica habitual del imputado por cuanto en fecha 18/12/21 en horas de la madrugada ya había impactado contra un vehículo que circulaba sobre la misma artería y en la misma localidad, con un nivel de alcoholemia de 1.97grs por litro de sangre, solo que en dicha oportunidad provocó daños materiales, más allá de que producto de la colisión ambos vehículos terminaron en la cuneta y el imputado impactó una garita de colectivos de hierro, por lo que conducir alcoholizado no se trataba de una conducta aislada.

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