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El Gobierno modificó por decreto la reforma laboral: vía libre para aportes patronales y cambios en los fondos sindicales

A través del Decreto 612/2026, el Ejecutivo habilitó a gremios y empresas a negociar sin el techo del 2% los aportes extraordinarios. Además, excluyó premios, horas extras y aguinaldos de la base de cálculo para las contribuciones gremiales, lo que anticipa un escenario de tensión con los sindicatos.
Nacionales20 de julio de 2026Día 0Día 0

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En una medida que promete reconfigurar el escenario de las negociaciones colectivas, el gobierno nacional oficializó modificaciones clave a la reglamentación de la reciente reforma laboral (Ley N° 27.802). La normativa, publicada en el Boletín Oficial con las firmas del presidente Javier Milei y los ministros Sandra Pettovello y Diego César Santilli, elimina restricciones previas para los acuerdos entre privados y establece pautas estrictas sobre cómo deben calcularse y administrarse los fondos sindicales.
El punto más destacado del Decreto 612/2026, que entró en vigencia el pasado 17 de julio, es la eliminación del tope del 2% que regía para los aportes patronales extraordinarios.
A partir de ahora, las cámaras empresarias y los gremios tendrán libertad absoluta para negociar estos montos en el marco de sus paritarias. No obstante, el Gobierno se reserva la última palabra: para que estos acuerdos tengan validez legal y entren en vigencia, deberán pasar por el filtro del Estado y ser homologados oficialmente.
Nueva base de cálculo para los aportes
El Artículo 1° del decreto avanza sobre uno de los temas más sensibles para las arcas de los sindicatos: la conformación de la base sobre la cual se calculan los aportes y contribuciones. Con el objetivo de "precisar el alcance de las disposiciones vigentes", el Gobierno definió que la retención se aplicará exclusivamente sobre el salario básico de convenio y las sumas remunerativas que sean normales, habituales y de pago mensual.
Para evitar ambigüedades, la norma detalla explícitamente qué conceptos quedan excluidos de este cálculo:
• Premios y bonos.
• Participación en las ganancias.
• Horas extras.
• Sueldo Anual Complementario (Aguinaldo).
• Plus vacacional.
• Sumas no remunerativas.
• Cualquier otro ítem que no se abone de manera mensual y habitual.
En paralelo al rediseño contable, el Artículo 2° impone condiciones estrictas sobre el uso del dinero recaudado. Las contribuciones y aportes pactados en los Convenios Colectivos de Trabajo deberán destinarse de manera exclusiva a obras de carácter social, asistencial, previsional o cultural que beneficien directamente a los trabajadores.
Además, el Ejecutivo exige que estos fondos sean administrados en cuentas especiales y documentados por separado, reflotando las exigencias de control dispuestas en el histórico Decreto N° 467/88.
Desde Casa Rosada sostienen que la medida busca brindar "certeza jurídica" y facilitar el control de legalidad antes de aprobar los convenios colectivos. Sin embargo, en el ámbito sindical la lectura es diferente.
La exclusión de conceptos variables (como horas extras o bonos) de la base imponible representa, en la práctica, un recorte en el flujo de ingresos de las organizaciones gremiales. Este reajuste normativo ya genera ruidos en el sector trabajador, que ve limitados sus márgenes de recaudación en medio de un contexto de intensas discusiones salariales, anticipando un posible aumento de la conflictividad laboral en las próximas semanas. 

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